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Homologación de actividades de formación permanente del profesorado

Homologación de actividades de formación permanente del profesorado

Crayons 2663936 960 720 01 diciembre 2022

Las actividades de formación permanente del profesorado organizadas por las entidades colaboradoras señaladas al artículo 19 del Decreto 41/2016, requieren el proceso previo de homologación regulado a la Orden del consejero de Educación y Universidad de día 24 de abril de 2017 por la cual se regula la homologación, el reconocimiento, la certificación y el registro de la formación permanente del profesorado no universitario de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 54, de 6 mayo). En cualquier caso, estas actividades sólo podrán ser homologadas si la entidad colaboradora está inscrita al Censo de Entidades Colaboradoras.

Encontraréis toda la información en lo referente a este procedimiento (normativa, documentos...) en el enlace siguiente: https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/1479529.

Comisión de Formación del Profesorado

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Fecha de actualización: 24 enero 2024


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