Homologación de actividades de formación permanente del profesorado
![Crayons 2663936 960 720](https://caib.es./webgoib/documents/20121/662656/crayons_2663936_960_720.jpg/3b00f46d-742a-93eb-2f2a-585e4c8e4237?t=1710432618482)
Las actividades de formación permanente del profesorado organizadas por las entidades colaboradoras señaladas al artículo 19 del Decreto 41/2016, requieren el proceso previo de homologación regulado a la Orden del consejero de Educación y Universidad de día 24 de abril de 2017 por la cual se regula la homologación, el reconocimiento, la certificación y el registro de la formación permanente del profesorado no universitario de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 54, de 6 mayo). En cualquier caso, estas actividades sólo podrán ser homologadas si la entidad colaboradora está inscrita al Censo de Entidades Colaboradoras.
Encontraréis toda la información en lo referente a este procedimiento (normativa, documentos...) en el enlace siguiente: https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/1479529.
Comisión de Formación del Profesorado
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Fecha de actualización: 24 enero 2024
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